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Miercoles, 29 de Enero de 2025

Correo notificaciones judiciales

 

AVISO IMPORTANTE

El correo judiciales@igac.gov.co es EXCLUSIVAMENTE para notificaciones judiciales

 

El artículo 197, capítulo VII (Notificaciones) del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que las entidades públicas de todos los niveles, las privadas que cumplan funciones públicas y el Ministerio Público que actúe ante esta jurisdicción, deben tener un buzón de correo electrónico exclusivamente para recibir notificaciones judiciales.
 

 

 

Última actualización Jue, 07/02/2020 - 10:44