Según la entidad, solo si los sistemas catastral y registral se articulan en sus procesos y tecnologías y se basan en la realidad del territorio, contribuirán efectivamente a la seguridad jurídica como bien público.
Varios expertos de distintas entidades del orden nacional e internacional se dieron cita en la Universidad Externado de Colombia para debatir sobre la Ley de restitución de tierras, la cual cumple seis años de expedición.
En la tercera versión de las jornadas internacionales en derecho de tierras, Gustavo Marulanda, asesor de la Subdirección de Catastro del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC), fue el encargado de plasmar cómo ha sido el acercamiento entre el catastro y el registro, dos instrumentos fundamentales para la seguridad jurídica del país.
Marulanda informó los antecedentes normativos de la interrelación entre el catastro y registro, los proyectos que no prosperaron, la política pública de Catastro Multipropósito y la nueva normatividad conjunta con la Superintendencia de Notariado y Registro (SNR) para rectificar los linderos y áreas.
“La relación entre ambos instrumentos no es un tema nuevo. Desde 1939 se identificó la necesidad de conectar el registro con el catastro. En 1970 se habló por primera vez de automatizar el servicio de registro y de la interoperabilidad de registro y catastro, algo que a pesar de los avances en los últimos años, a la luz de hoy no se ha logrado”.
En 1984 se dispuso compartir entre registro y catastro la información de uno y otro sistema permanentemente. “En 2005 se orientó que el plano de catastro sirviera para vincularlo al registro, en términos de la descripción de linderos y área. En 2012, con el nuevo estatuto de registro, se insiste en el intercambio de información entre ambos, pero por medios técnicos o electrónicos, lo cual aún no se logra”, informó Marulanda.
Entre los proyectos inacabados o que no prosperaron sobre la interrelación de catastro y registro, el experto mencionó el programa de titulación y modernización de 2002 y el Conpes 3641 de 2010.
“El programa de titulación y modernización se implementó sin mayores resultados estructurales y sostenibles en el tiempo. Nunca se abordó la coherencia y consistencia entre la información del catastro y registro y la realidad en territorio. En cuanto al Conpes de 2010, éste planteó cuatro objetivos para revertir el problema, los cuales no se han cumplido”.
El asesor catastral del IGAC concluyó que los sistemas catastral y registral se constituyen en instrumentos esenciales para la gestión y las políticas públicas, incluida la restitución de tierras.
“Para ello, deben articularse en sus procesos y tecnologías y basarse en la realidad del territorio, pero bajo principios de independencia legal, participación comunitaria e interoperabilidad. Solo así contribuirán efectivamente a la seguridad jurídica como bien público”.
El nuevo catastro
En Plan Nacional de Desarrollo y el Acuerdo de Paz establecen acciones que implican una relación conjunta entre el catastro y registro.
“El Plan Nacional dispone que la implementación del Catastro Multipropósito debe garantizar plena coherencia con el registro de la propiedad, a partir de los barridos prediales masivos. Uno de fines de este enfoque del catastro es contribuir con la formalización de la propiedad pública y privada y la seguridad jurídica del derecho de propiedad”, anotó Marulanda.
Por su parte, el Acuerdo de Paz enfatiza una acción conjunta catastro-registral para los procesos de formalización masiva de la pequeña y mediana propiedad.
El Conpes 3559 de 2016 le dio vida a la política para la adopción e implementación de un Catastro Multipropósito rural y urbano. “Este nuevo Conpes redujo y simplificó la magnitud del problema de la interrelación catastro-registro. Sin embargo, revela la no coincidencia entre la información catastral y registral, y entre estas dos fuentes con la realidad física de los predios en el territorio”.
Para Marulanda, la estrategia no busca unir o fusionar dos entidades o instituciones, sino la articulación efectiva de sus procesos, bajo el principio de independencia legal y complementariedad, y la interoperabilidad de sus sistemas de información.
“El levantamiento y mantenimiento de la información predial deberá ser bajo estándares comunes y que realimenten ambos sistemas, de manera coherente con la realidad del territorio, garantizando una amplia participación de las comunidades y los interesados”.
IGAC y SNR, aliados
Ambas entidades unieron esfuerzos para construir las especificaciones técnicas para la implementación del Catastro Multipropósito, las cuales han presentado avances reales hacia una efectiva articulación de los procesos catastrales y registrales.
Estas especificaciones definieron los componentes del nuevo catastro multipropósito, sus contenidos y objetivo, y puntualizaron las responsabilidades bajo el principio de independencia legal y delinearon los ajustes de los procesos comunes entre ambas instituciones.
“La información catastral y registral debe buscar su correspondencia o consistencia con la realidad del territorio a nivel predial. De lo contrario estos dos sistemas no podrían apoyar la gestión y políticas públicas, en especial las asociadas a tierras y a la reforma rural integral”.
En febrero de 2018, ambas entidades emitieron una resolución conjunta que establece lineamientos y procedimientos para la corrección o aclaración, actualización, rectificación de linderos y área, modificación física e inclusión de área de bienes inmuebles.
“Esta nueva resolución tiene como objeto contribuir a la seguridad jurídica del derecho de propiedad inmueble, ya que permite solventar las inconsistencias de la información catastral y registral y ajustar esta información a la realidad física de los predios. Este es un avance sin precedentes en la historia de los dos sistemas, ya que empieza a materializarse la interrelación que se ordenó desde 1939”, puntualizó Marulanda.