
La Directora General del IGAC, Evamaría Uribe Tobón, y el Director de AMCO, Herman Calvo Pulgarín, en su encuentro en Bogotá durante la firma de la resolución de habilitación.
Es la primera habilitación en el país con base en la Ley 1955 de 2019
De esta manera el Área Metropolitana Centro Occidente –AMCO-, en el departamento de Risaralda, se convierte en el primer esquema asociativo de entidades territoriales del país habilitado por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi –IGAC- como gestor catastral como lo contempla el artículo 79 del Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022, Ley 1955 de 2019. Ver Resolución IGAC de habilitación AMCO.
La habilitación de AMCO como gestor catastral se da luego del cumplimiento de las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y financieras definidas en el respectivo marco regulatorio expedido por el IGAC el pasado 11 de julio, y que aplica para aquellas entidades públicas que habían suscrito con el –IGAC- convenios de delegación de la función catastral pero no ejercieron esta delegación antes 25 de mayo de 2019, fecha de promulgación de la Ley del Plan. Ver Resolución 817 de 2019.
Obligaciones de AMCO
AMCO asume la obligación de prestar el servicio público de catastro, como mínimo, en las zonas rural y urbana de la totalidad de los municipios de su jurisdicción, de manera directa o por medio de operadores catastrales.
¿Quién vigilará a los nuevos gestores catastrales?
La Superintendencia de Notariado y Registro –SNR- es la entidad encargada de adelantar la inspección, vigilancia y control de todos los gestores catastrales que sean habilitados por el IGAC. Cualquier queja, petición o reclamo de los usuarios deberá radicarse ante esta superintendencia.
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