- El Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) expuso a los representantes de los catastros descentralizados y delegados, la Resolución Conjunta SNR No.1731 – IGAC No.221, por medio de la cual se establecen los lineamientos y procedimientos para la actualización y rectificación de linderos.
- Esta resolución entró en vigencia el 1ro de Mayo de 2018.
“Como lo explica el Artículo 2º, cada autoridad catastral deberá acatar los lineamientos establecidos en la resolución y por ende deberá producir sus propios documentos. Por supuesto el IGAC brindará unas pautas y lineamientos generales, pero cada autoridad deberá hacerse cargo de las propias” aseguró el Dr. Iván Matiz, asesor de la Subdirección de Catastro.
Esta resolución ha suscitado varios interrogantes en cuanto a los procedimientos que deben realizar los catastros descentralizados y delegados, por lo que la Subdirección de Catastro convocó a petición de los interesados, una socialización en la que también participó la Superintendencia de Notariado y Registro.
Según el Artículo 3°, las “autoridades catastrales: son el Instituto Geográfico “Agustín Codazzi” (IGAC), la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá (UAECD), los catastros del departamento de Antioquia y de los municipios de Cali y Medellín, y las entidades territoriales que adquieran la condición de autoridad catastral, bajo la figura de descentralización” deberán producir sus propios documentos y manual de procedimiento, basados en los lineamientos que ofrezca el IGAC como guía.
Durante la reunión se expusieron casos de actualización de linderos, rectificación de área por imprecisa determinación, requisitos especiales del acto administrativo, así como también se detalló un caso de rectificación de linderos por acuerdo entre las partes.
A la socialización asistieron representantes de los catastros descentralizados de Bogotá, Antioquia, Cali, Medellín, y representantes del Área Metropolitana de Bucaramanga (AMB), la cual está en proceso de delegación de competencias catastrales y que espera entrar en operación a partir de enero de 2019.
Para tener en cuenta
- La Resolución Conjunta remplazará la Instrucción Administrativa Conjunta No. 01 y 11 IGAC – SNR de 2011 y entrará en vigencia a partir del 1ro de mayo del 2018.
- Dados los cambios, los Catastros Descentralizados y Delegados deberán dar a conocer a los ciudadanos los nuevos requisitos mínimos y necesarios que se deben tener en cuenta para los trámites en ventanillas.
- Los procesos que fueron abiertos antes del 1ro de mayo del 2018, deberán mantenerse o encausarse bajo lo estipulado por la Instrucción Conjunta 01 y 11 de 2011.
- Con base en la Socialización los Catastros Descentralizados deberán presentar su propio Manual de Procedimientos, de acuerdo a los lineamientos que comparta el IGAC.